Seguro de hogar para inquilinos: ¿quién debe contratarlo?

El alquiler de una vivienda conlleva derechos y responsabilidades tanto para el propietario como para el inquilino. Uno de los temas que más dudas genera es el seguro de hogar: ¿quién está obligado a contratarlo? ¿Qué parte de la vivienda se asegura? ¿Y qué ocurre si hay un siniestro? Desde nuestra correduría de seguros, te explicamos lo esencial si vives de alquiler o alquilas tu propiedad.

¿Es obligatorio contratar un seguro de hogar si eres inquilino?

La ley no obliga expresamente a los inquilinos a contratar un seguro de hogar. Sin embargo, es altamente recomendable. El propietario puede tener una póliza que cubra la estructura y el contenido que le pertenece, pero tus pertenencias personales y tu responsabilidad civil como inquilino no están cubiertas, salvo que contrates tu propio seguro.

En resumen:

  • No es obligatorio legalmente, pero sí muy conveniente.
  • El propietario suele asegurar el inmueble y sus bienes.
  • El inquilino debe proteger sus propios bienes y cubrir su responsabilidad.

¿Qué cubre el seguro del propietario?

El propietario normalmente contrata un seguro de hogar multirriesgo para proteger:

  • El continente (estructura del inmueble).
  • El contenido de su propiedad (muebles, electrodomésticos si los hay).
  • Su responsabilidad civil como propietario.

Sin embargo, este seguro no cubre los daños que pueda causar el inquilino, ni sus pertenencias personales.

¿Qué debe cubrir el seguro del inquilino?

Desde nuestra experiencia como correduría de seguros, recomendamos que el inquilino contrate una póliza que incluya:

  • Contenido: tus muebles, ropa, dispositivos electrónicos, etc.
  • Responsabilidad civil como inquilino: por ejemplo, si provocas una fuga de agua que afecta a un vecino.
  • Defensa jurídica y asistencia en el hogar.

Este seguro es especialmente útil ante situaciones como:

  • Robo dentro de la vivienda.
  • Daños a terceros (como filtraciones).
  • Incendios o cortocircuitos causados por electrodomésticos propios.

¿Quién paga qué? División de responsabilidades

  • El propietario debe cubrir el inmueble y sus bienes.
  • El inquilino debe cubrir sus pertenencias y su responsabilidad.

Aunque no es obligatorio por ley, algunos contratos de alquiler pueden incluir una cláusula que obliga al inquilino a contratar un seguro de hogar. En ese caso, se convierte en una condición contractual válida.

Ventajas de contratar el seguro con una correduría de seguros

Acudir a una correduría de seguros como la nuestra tiene muchas ventajas:

  • Te ayudamos a entender qué coberturas necesitas según tu perfil como inquilino.
  • Comparamos ofertas de diferentes compañías.
  • Personalizamos la póliza para que no pagues de más ni te falte cobertura.
  • Estamos a tu lado en caso de siniestro.

Además, si eres propietario y alquilas tu vivienda, también podemos ayudarte a diseñar una póliza adaptada al alquiler, con protección ante impago de rentas, actos vandálicos, etc.

¿Y si no contrato seguro como inquilino?

No tener seguro no es ilegal, pero te expone a grandes riesgos:

  • Si causas un daño a la vivienda, tendrás que pagarlo de tu bolsillo.
  • Si hay un incendio o una fuga y dañas a vecinos, podrías enfrentarte a reclamaciones costosas.
  • En caso de robo, perderías tus pertenencias sin indemnización.

Por eso, desde nuestra correduría, siempre recomendamos contar con al menos una póliza básica que cubra contenido y responsabilidad civil.

Aunque el seguro de hogar no es obligatorio para inquilinos por ley, es altamente recomendable para proteger tus pertenencias y evitar problemas económicos ante imprevistos. Tanto si eres inquilino como propietario, contar con el asesoramiento de una correduría de seguros profesional te ayudará a contratar la póliza adecuada, sin pagar de más y con la tranquilidad de estar bien cubierto.

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